En 2009 se gestó un proyecto de investigación y piloto de mediación penal de adultos en La Rioja, bajo la coordinación de la Universidad de La Rioja, en el que tuve la fortuna de participar, como parte del equipo de mediadores.
Dicho proyecto se presentó en París, junto a los de Francia, Italia y Bulgaria, lo que nos permitió ver cómo trabajaban en otros países, sus logros y sus dificultades. Las conclusiones de los distintos Estados se encuentran publicados en la web del Consejo General del Poder Judicial http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Mediacion/Publicaciones
Esta experiencia se presentó en el Foro Mundial de Mediación que se celebró en Valencia, a modo de comunicación y póster (que se adjunta).
Tras el fin de proyecto se creó el Servicio de Mediación Intrajudicial de La Rioja, en el que continuo trabajando como mediadora, junto a otros compañeros, a modo de turno de oficio, en el que participa el Colegio de Abogados y el Colegio de Psicólogos.
Me alegra ver como la mediación penal se va instalando poco a poco en la Administración de Justicia, a través de servicios de mediación.
Las estadísticas de la evolución aparecen mencionadas en la web del Consejo General del Poder Judicial (http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Mediacion/Datos-estadisticos) y se constata:
1º.- El incremento de Juzgados que derivan expedientes de mediación.
2º.- Que un número importante de expedientes de los que se derivan no se inician (alrededor del 50%).
3º.- Que de las mediaciones iniciadas, el porcentaje de acuerdo es próximo al 75%.
Como recoge el Protocolo del Consejo General del Poder Judicial para la
implantación de la mediación penal (http://www.poderjudicial.es/stfls/CGPJ/MEDIACI%C3%93N/DOCUMENTOSCGPJ/20101009%20Gu%C3%ADa%20para%20la%20pr%C3%A1ctica%20de%20la%20mediaci%C3%B3n%20intrajudicial.pdf.):
•Supone
un cambio de cultura, devolviendo a la sociedad civil la responsabilización
del conflicto.
•Se
necesitan reformas legales que incorporen el proceso de mediación.
•Unificación
y homogeneización en todo el territorio nacional (tutela judicial
efectiva e igualdad).
•Dotación
de medios personales y materiales.
•Homologación
para la formación de los mediadores y divulgación.
•Control
del cumplimiento de los acuerdos.
•Comisiones
de seguimiento y evaluación.
Los beneficios son innegables, para las partes en conflicto, sociedad y administración de justicia.
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