martes, 18 de octubre de 2016

ANTE UN CONFLICTO LOS CONSUMIDORES INFORMADOS ACUDEN A MEDIACIÓN

Buenos días, hoy contamos en el blog con la colaboración de Carmen García- Trelles Fernández. Acompaño una breve reseña de su currículum vitae, donde podréis comprobar que es una gran conocedora del ámbito de la mediación, tanto desde el punto de vista teórico como práctico. Post interesante sobre la mediación en consumo que, a buen seguro, resultará de vuestro interés. 

Abogada  del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo desde el año 1981.

Experta en Mediación (2004).

Cofundadora del Despacho Suárez y Trelles abogados desde 1981.

Licenciada  y Doctoranda en Historia y Ciencias de la Música por la Universidad de Oviedo.

Profesora Asociada de la Universidad de Oviedo Dpto. de Derecho Privado y de la Empresa.

Profesora del Máster de la Abogacía de la Universidad de Oviedo en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo en los cursos 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015 y 2015/2016.

Coodirectora del Experto en Mediación de la Universidad de Oviedo en colaboración con el ICAO desde 2007.

Ex Diputada de la Junta de Gobierno del ICAO desde 2007 hasta 2015 encargada de Mediación.

Actualmente responsable de la Mediación y Directora del Instituto de Administración de la Mediación del ICAO.

Coordinadora del  Servicio de Intermediciaón Hipotecaria (SIH) del Principado de Asturias y la Universidad de Oviedo desde 2012 hasta la actualidad.

Coordinadora de cursos de Mediación en diversas instituciones y online para la plataforma de Formación Talentius.com.(2014/2015).

Miembro del equipo de investigación de la Universidad de Oviedo Mediauniovi.

Autora de diversas publicaciones y ponencias en distintos congresos de Mediación.


Quién no ha sufrido en sus propias carnes la impotencia derivada de un conflicto con las compañías de telefonía móvil, las empresas de seguridad, las entidades de crédito, los bancos, etc, etc,; un sinfín de problemáticos asuntos que cotidianamente nos amargan la vida deseando desaparecer del mapa de la contratación y convertirnos en objetores del consumo.

Pues bien, esto nos coloca en un escenario donde el consumidor en esta sociedad nuestra es objeto de los mayores despropósitos sin respeto a sus más elementales derechos y en donde el principio de autonomía de la voluntad brilla por su ausencia. ¿Os parece que soy demasiado drástica?, quizá, pero mi opinión en esta cuestión está mediatizada por las quejas continuas de usuarios desesperados que a menudo nos llaman a nuestros despachos con la frustración de enfrentarse a verdaderos gigantes a los que no hay manera de vencer, y con el convencimiento de que sólo les queda apechugar con lo contratado (a menudo sin posibilidad de variación, verdaderos contratos de adhesión)  y, sin que, en la mayoría de las ocasiones nos faciliten una copia de lo contratado, puesto que no les han dado dúplica de lo que en su día aceptaron.

A estas alturas los que aún me seguís leyendo seguro que ya barruntaréis por donde van los tiros. Pues sí, quiero referirme a la Mediación de Consumo; eso es, intentar solucionar estos conflictos extrajudicialmente, porque ya la Unión Europea ha apostado por este método en el convencimiento de que sin resolución extrajudicial de los conflictos de consumo no hay justicia para los consumidores.

Sabedores de que la Ley 5/2012, de 6 de julio de Mediación Civil y Mercantil no contempla la Mediación de Consumo (aunque sería lógico que por la materia entrara de lleno en este marco legal), hay que recordar que el propósito de esta exclusión no fue otro que el de dotar al consumo de su propia ley de mediación. Así en España estamos en la vía de trasponer la Directiva 2013/11/UE relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Actualmente los legisladores van muy lentos, puesto que en febrero de 2015 salió a la luz el Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo, y los distintos avatares políticos que a la sazón mantienen congelada la maquinaria legislativa en nuestra nación, determinan que la trasposición de la Directiva no se haya producido todavía.

A nivel autonómico en algunas comunidades se ha legislado en esta materia, por ejemplo la Ley 2/2015, de 4 de marzo por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León, apunta: “La Administración de la Comunidad de Castilla y León fomentará y desarrollará la mediación como sistema para la resolución amistosa de conflictos  en materia de consumo”. En este contexto la normativa más avanzada es la de Cataluña que la ha introducido en la Ley20/2014, de 29 de diciembre, por la que se modifica el Código de Consumo de Cataluña y mediante el Decreto 98/2014, de o de julio, aprueba el reglamento sobre el procedimiento de mediación en las relaciones de consumo.

En España la resolución extrajudicial de conflictos se ha confiado al arbitraje y así se establece por la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, sin que se haga referencia a la mediación como método autocompositivo de solución de conflictos.
El arbitraje de consumo ha quedado un poco obsoleto, y en la actualidad existe un proyecto de Reglamento de Sistema Arbitral de Consumo redactado con anterioridad a la Directiva 2013/11/UE.

No podemos estar integrados de manera plena en un sistema de consumo sin el derecho de los consumidores a reclamar. Clausulas abusivas, intereses, no rozando, superando con creces la usura…, condiciones que atentan contra el mas elemental de los derechos del consumidor, controlados totalmente por el poder de decisión del más fuerte: los grandes bancos, las grandes compañías, etc.

La mediación de consumo en la práctica

La mediación en consumo es un procedimiento voluntario en el que dos partes, consumidor y empresa son ayudados por un tercero imparcial y neutral con conocimientos en consumo a alcanzar un acuerdo que ponga fin al conflicto.

Características

Voluntariedad: el organismo de consumo convoca a las partes, que pueden acudir o no al acto si lo consideran conveniente para sus pretensiones. La no asistencia al acto de mediación no comporta efecto alguno desfavorable para las partes.
Imparcialidad de la persona mediadora que interviene en el acto de mediación.

Intermediación, las partes pueden acudir al acto representados o no y, asistidas o no,
por abogados, peritos, etc
Confidencialidad: el acuerdo alcanzado tiene el carácter de privado. La mediación no
tiene el carácter público de una sentencia judicial o un laudo arbitral.
                         
Objeto de la mediación

El conflicto debe tener su fundamento en un acto de consumo, por lo que debe ser derivado de la adquisición de un producto o la prestación de un servicio a un consumidor por un establecimiento comercial o persona jurídica. Queda excluida la compraventa entre particulares.

La persona mediadora en consumo

El rol de  la persona mediadora es de suma importancia porque gracias a su pericia y saber hacer a la hora de dirigir la mediación, hará posible el encuentro de soluciones, de lo contrario el conflicto deberá ventilarse ineludiblemente a través de la vía judicial.
Es importante que sea conocedor de la materia objeto de conflicto, contando con cualidades personales suficientes para reconducir las situaciones que se vayan generando sin desviarse del asunto que se trate.
La persona mediadora ha de ser totalmente objetiva manteniendo una posición equilibrada, sin decantarse por ninguna de las partes mientras dure el proceso.
No es contrario a la filosofía de la mediación que la persona mediadora, llegado el caso, ayude a las partes a tomar acuerdos, interviniendo con alguna solución conforme a su leal saber y entender.

Procedimiento en la mediación de consumo

La mediación puede ser solicitada a instancia del consumidor o puede ser convocada por la Administración o por una Asociación de consumidores de la que el consumidor sea asociado. En todo caso, dada la voluntariedad como característica de la mediación, para que ésta se celebre es necesario un acuerdo de ambas partes por el que deciden someter su litigio a un acto de este tipo.

Ventajas de la Mediación de Consumo

·        Las decisiones las toman las partes y el resultado es fruto del trabajo de
éstas.
·        Las partes no se enfrentan. La colaboración es esencial, lo que permite
adoptar los acuerdos como propios.
·        Las posibilidades de solución pueden ser variadas, al ser las partes las que
 propician el acuerdo.
·        Es más rápida que el arbitraje, método heterocompositivo, y en que la decisión viene impuesta.
·        En el proceso disminuye la tensión y se genera empatía.

Diferencias entre mediación y arbitraje de consumo

Mediación y arbitraje tienen en común ser dos sistemas de resolución de conflictos extrajudiciales, voluntarios y previos a la vía judicial. Sin embargo, su diferencia radica en que en mediación, la persona mediadora ayuda a las partes a llegar a un acuerdo que resuelva el conflicto, mientras que en el arbitraje, la decisión la adopta un árbitro cuya forma jurídica es el laudo, y es de obligado cumplimiento tanto para el consumidor como para el empresario, por lo que las partes pasan de ser activas en la resolución del conflicto en la mediación a ser pasivas en el arbitraje.
Otra diferencia fundamental es que una vez celebrada la mediación, la vía judicial está abierta, mientras que en el arbitraje, con el laudo arbitral, se cierra la puerta a plantear la cuestión en sede judicial, pues el laudo tiene la misma eficacia que una sentencia firme y contra ella no cabe recurso salvo contadas excepciones.                       


MUCHAS GRACIAS Carmen por compartir tus reflexiones con nosotros. A quienes queráis escucharla en vivo y en directo, hablando de un tema también de máximo interés, como el la  mediación hipotecaria, tenéis una ocasión fantástica de hacerlo en las IV Jornadas Nacionales de Mediación, que se celebrarán en Salamanca, los días 25 y 26 de noviembre.

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viernes, 14 de octubre de 2016

II Jornadas "hablar con niños en la mediación"

Fantástica propuesta formativa de la Asociación Madrileña de Mediadores. El objetivo de las Jornadas, en palabras de la organización "acercarnos a la experiencia en Holanda, de introducir en las mediaciones familiares  “la escucha de los niños”, involucrando a los padres, y utilizando una serie de técnicas y herramientas establecidas para proteger el interés del niño y ayudar a las familias a amortiguar el efecto que la ruptura familiar pudiera producir". 

La ponente es la Doctora en psicología, Lillian van Wesemael, mediadora de reconocido prestigio internacional, con una dilatada experiencia en la materia, y extenso curriculum, que ocupa en la actualidad, el cargo de “Guardian ad Litem” en los Juzgados de familia, en Holanda.

Las Jornadas van dirigidas a personas que tengan interés en la materia y trabajen con familias y con niños,  o se estén formando  en ello.
Las Jornadas se dividirán, en dos días:
  • Viernes 21 de octubre, en horario de mañana y tarde.
  • Sábado 22 de octubre, los asistentes con experiencia en la materia, podrán presentar un caso práctico que fuera de su interés para que se pueda hacer una supervisión con la ponente y los asistentes.
De los casos presentados, se seleccionarán tres, para supervisar, para lo cual, los asistentes  interesados pueden  enviar una breve reseña del caso en formato Word, con un máximo de un folio a una sola cara, con fuente tamaño 12 y a doble espacio,  al correo: secretariatecnica@ammediadores.es

 Fecha máxima de presentación de los casos: 14 de octubre.

PROGRAMA

Viernes 21 de octubre

9:00: Llegada y reseña de los asistentes.
9:30-10:30: Introducción: cómo abordar el tema de la separación de los padres, y sus consecuencias, con los niños. Trabajar la conversación de los padres con sus hijos. Técnicas y herramientas. Poner el foco en los niños. Visualización de vídeo, y trabajo en grupos.
10:30-11:30: ¿Por qué estamos incluyendo a los niños en las mediaciones?. Recomendaciones del Consejo de Europa y la ONU, y de expertos en la materia. Experiencia propia de la ponente: mediaciones nacionales, transfronterizas y casos de sustracción internacional de menores.
11:30-12:00: Descanso
12:00-13:30: La entrevista con los niños: Metodologías específica para hacerlo: método australiano “House of Safety”. Ejercicio en grupos pequeños.
13:30-15:00 Comida
15:00-16:30: La entrevista con el niño: cómo elaborar el guión y la preparación de la entrevista: cómo hablar con los niños. Diferentes herramientas y metodología que se utilizan en la práctica por expertos en la materia, con utilización de material propio, traído por la ponente.
16:30-17:00: Descanso
17:00-19:00: Herramientas para trabajar las emociones con los niños: cartas/Donald Duck/emómetro. Visualización de vídeo. Herramientas utilizadas, según tramos de edades: de 7-12 y de 12-17 años. Rol Play. Preguntas y Feed Back con la ponente.

Sábado 22 de octubre

10:00-12:00: Supervisión de casos.
12:00-12:30: Descanso
12:30-14:00: Supervisión de casos.
14:00: Final de las Jornadas.

Fecha límite de inscripción a las Jornadas: 18 de octubre

INSCRIPCIONES: 80€ .
Precio Especial Socios de AMM: 65€
El pago se hará mediante ingreso o transferencia bancaria a nombre de la ASOCIACIÓN MADRILEÑA DE MEDIADORES,haciendo constar en el concepto: Nombre + Taller mediación Niños en la siguiente cuenta:
Banco de Sabadell:   ES92 0081 1978 77 0001008304
Enviar por mail el justificante de ingreso o transferencia, junto con la siguiente ficha, debidamente cumplimentada a:secretariatecnica@ammediadores.es

Lugar de celebración: Colegio La Inmaculada-Marillac, calle García de Paredes nº 37 de Madrid.  
A partir del  18 de OCTUBRE  no se admitirán cancelaciones, ni se realizarán devoluciones.
IMPORTANTE: Se entregará a los asistentes un certificado de 8 horas de formación continua en mediación reconocido por el Ministerio de Justicia.
Organiza: Asociación Madrileña de Mediadores

http://www.ammediadores.es/nueva/ii-jornadas-hablar-con-ninos-en-la-mediacion/

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domingo, 2 de octubre de 2016

Lectura recomendada.... La mediación. Resolución pacífica de conflictos. Régimen jurídico y eficacia procesal



En esta ocasión recomendamos la lectura del libro titulado "La mediación. Resolución pacífica de conflictos. Régimen jurídico y eficacia procesal", escrito por Frederic Munné Catarina y Antoni Vidal Teixedó, ambos abogados del Colegio de Abogados de Barcelona y mediadores. Editorial La Ley, grupo Wolters Kluwer. 




Incluyo el índice sistemático, como resumen de su contenido:

  1. La mediación como solución dialogada. La autonomía de la voluntad.
  2. Pactos de mediación. La mediación derivada judicialmente y la premediación.
  3. Mediación y proceso jurisdiccional.
  4. Mediación organizada: los centros y servicios de mediación.
  5. Código Ético. Modelo de conducta, imparcialidad, neutralidad y deber de confidencialidad.
  6. El mediador: capacidad y prohibiciones. Responsabilidad civil.
  7. Técnicas de mediación. Procedimiento y principio dispositivo.
  8. Efectos de la mediación. Ejecución de los acuerdos.
  9. Modelos orientativos para la mediación.

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lunes, 26 de septiembre de 2016

Hondarribia y su alarde: fiesta y conflicto

Recientemente se ha celebrado la festividad de la Virgen de Guadalupe en la bella ciudad guipuzcoana de Fuenterrabía/Hondarribia, cuya visita, desde ya, os aconsejo.


Dentro de los festejos destaca, sin duda alguna, el Alarde, que rememora la defensa militar de la localidad. 

Desde hace más de 20 años se vive dicha fiesta en medio de la polémica, debido a que existen dos visiones de la misma.




Por un lado, están quienes entienden que debe celebrarse el alarde "tradicional", en el que las mujeres tienen un papel, el de cantineras y los hombres, el de soldados. Su argumento se encuentra en el mantenimiento de las tradiciones.



Y por otro, están quienes apuestan por el alarde "igualitario o mixto" donde no se distinguen los roles por género, es decir, donde las mujeres pueden salir haciendo de soldados, no quedando relegadas a un papel secundario, según argumentos de dicho alarde. La creación de dicha compañía nació a instancia de los colectivos feministas que reclamaban poder participar de la fiesta en condiciones de igualdad.

A pesar de que se celebran ambos, al día de hoy la Ertzaintza (Policía del País Vasco) tiene que acudir para evitar incidentes entre una y otra compañía y sobre todo entre el público asistente, en el que al paso del alarde mixto o igualitario se pita, abuchea o insulta a los participantes del mismo.

Aunque ha habido intentos de mediación informales, sin alcanzarse una solución, me pregunto si no sería conveniente que se iniciara un proceso de mediación en la que participaran representantes municipales, del Gobierno Vasco, de ambas compañías, etc,... que permitiera, desde el diálogo, encontrar una solución que tuviera como objetivo el respeto y una convivencia pacífica.


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lunes, 19 de septiembre de 2016

¡¡¡Qué difícil es hacer la mediación en un Simca 1000!!! o los abogados prefieren ir a juicio


Manuel Zamora Soria, es abogado y mediador desde 2010. Actualmente trabaja como consultor en formación para la Subdirección General de Nuevas Tecnologías de la Justicia en la Audiencia Nacional. Obtuvo la Mención Especial del Curso de Especialista en Mediación de la Universidad Complutense en la décimo tercera promoción. 

Artículos destacados de Manuel Zamora Soria sobre Mediación:

  • Banderas blancas para los antimediación. Diciembre 2015. 
  • ¿Quien prescribe al mediador? o el mediador no tiene quien le prescriba. Diciembre 2013
     .
  • La mediación en conflictos en el Quijote al hilo de la actual consideración que merece esta institución jurídica. Agosto 2013.
  • Anuario de Mediación y solución de conflictos 2013. Incluye artículo de Manuel Zamora Soria sobre la actualidad del desarrollo de los sistemas alternativos de conflictos en nuestro entorno.
     
  • Los conflictos se deben y pueden tratar de otro modo. Octubre 2010.

¡¡¡Qué difícil es hacer la mediación en un Simca 1000!!! o los abogados prefieren ir a juicio.


Los títulos de canciones se antojan a veces ilustrativos de situaciones reales, no digamos las letras pegadizas, y el colmo es que vayan acompasados de unos buenos y emotivos acordes musicales  

Sea como fuere, uno puede llegar a descubrir lo que está pasando con el cruce espontáneo de ideas. Un buen día sales de una reunión y sin querer, te encuentras tarareando una canción. Después, recuerdas la letra y te preguntas ¿por qué estaré yo acordándome de esta canción?, lo relacionas con lo más reciente que te ha ocurrido y..., ya lo tienes. 

En fin, que recientemente me sucedió esto cuando estaba participando con otros compañeros abogados en una reunión que pretendía la difusión de los sistemas alternativos de resolución de conflictos, especialmente la mediación. 

Tras la reunión, y supongo que por tratar de olvidarme, empecé a tararear. Después sin querer, relacioné la letra con el suceso.  "¡¡¡Qué difícil es hacer el amor en un Simca 1.000!!!". Pues si, intentar concienciar a nuestros compañeros abogados de las bondades de la mediación es muy difícil. 

Siguiendo con el título y el contenido de la canción de "Los inhumanos" y relacionándolo con la falta de colaboración de las instituciones que intervienen en la resolución de conflictos, te das cuenta que el contenido literal de lo tratado no tiene sentido y solo se justifica para dar letra a algo vacío, cada vez se parece más, no solo la estrofa, sino toda la canción. 


Ni el problema era hacer el amor, ni el modelo de coche. El problema era encontrar a alguien que quisiera estar contigo y que se tomara eso de hacer el amor en serio, porque vanalizar por vanalizar no justifica la realidad. En su día estuvo de moda esa tendencia y hoy se aplica a la moda de aparentar ser pro-mediación, cuando en el fondo se tiene una posición contraria.

Hacer un himno y cantarlo a los cuatro vientos con las loas a lo no alcanzado, es como este artículo. Tenemos que cantar la ausencia de mediaciones para que la jactancia de lo que no se hace deje de hacerse. 


Obstruir por obstruir la práctica de la mediación, justificar por justificar que se pretende fomentar la mediación, continuos brindis al sol, no aterrizar al fondo de la cuestión es como querer hacer el amor en un simca 1000, casi imposible, sencillamente porque a la hora de la verdad no se quiere recomendar este sistema de resolución de conflictos. 

Por poner un ejemplo de los momentos en los que se me viene esta melodía a la mente. Cuándo veo el escaso espacio que la revista Abogados, que edita el Consejo General de la Abogacía Española y que difunde regularmente entre los más de doscientos mil colegiados. El problema no es ya que no tenga una sección específica dedicada a la Mediación, que sería lo razonable, es que se editan números que no hacen ni una sola referencia a esta forma de entender el ejercicio de la abogacía. Contrasta esto, por ejemplo, con lo que ocurre con la abogacía de Estados Unidos de América, en la que la asociación más numerosa de abogados es la de abogados mediadores. 

Hay toda una retahíla de cuestiones que van perdiendo su invisibilidad y que materializan el sentimiento afortunadamente cada vez más extendido de que la mediación en España saldrá adelante a pesar de nosotros los abogados. 

Este artículo se ha titulado así, pero se podría haber titulado: "¿Quien tema la mediación? (por el de "¿Quien teme a Virginia Wolf?" que procede de la parodia de la canción "Who's Afraid On The Big Bad Wolf?", de "Los tres cerditos" de Disney, que se entona con una melodía diferente); o "La insoportable levedad del ser mediador", no necesita aclaración alguna; o "La importancia de llamarse Mediador. (por la importancia de llamarse Ernesto que en realidad era "La importancia de ser serio" que en inglés sonaba parecido a Ernest, curiosamente en castellanos no se produce ningún tipo de similitud entre el nombre propio de persona Ernesto y la cualidad humana de ser Serio). Ser abogado y querer ser mediador sin morir en el intento es difícil, especialmente dentro del contexto de tu propia profesión. 


Agradezco a Silvia Landa Ocón la oportunidad de escribir un artículo para su blog. A Silvia la conocí en una reunión de la Comisión de Resolución Alternativa de Conflictos del Consejo General de la Abogacía Española, habiendo coincidido con ella creo que un par de ocasiones. Desde entonces mantenemos contacto y seguimos nuestra evolución como profesionales que desde la Abogacía intentan difundir la Mediación. Sé de su afán por fomentar la mediación y ella entenderá mejor que nadie lo que escribo en este artículo ya que es una excepción a la regla general. Los abogados-mediadores que siguen intentando concienciar a la sociedad en general y que lo hacen convencidos merecerían mayor reconocimiento y notoriedad en los órganos de representación de la Abogacía. De momento cabe desear que su infatigable ánimo no decaiga y que siga dándonos ejemplo de que si se puede creer en la Mediación desde la Abogacía.  


La letra de la canción, completa a título de curiosidad era esta:


"Soy pobre y solo pude comprar
un Simca 1000 bastante vulgar.
Soy pobre y solo pude alquilar
un picadero para ligar.
Y cuando alguna me quiero cepillar,
en mi coche me tengo que apañar.

Que dificil es hacer el amor en un Simca 1000
en un Simca 1000.

El asiento no se echa para atrás
y la postura a buscar tiene dificultad.
Pon tu pierna aqui yo la pondré alla tendremos que
abrir la puerta de atrás.
El volante me vuelve a fastidiar
ese no es el pito que debes tocar.
Cuando sea rico voy a comprar
un autobus para pillar.
Y cuando alguna me quiero cepillar
en mi coche me tengo que apañar".



martes, 13 de septiembre de 2016

CIMAC: la experiencia de Pilar Arago Hervás

Especialmente contenta por contar con la colaboración de la compañera Pilar Arago Hervás en nuestro blog. 


Aunque muchos de vosotros ya la conocéis, incorporo breve currículum, que acredita su experiencia como mediadora.


ABOGADO MEDIADOR , COLABORADORA EN EL RESTABLECIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN. 

MEDIADOR PERTENECIENTE AL PROYECTO DE MEDIACIÓN PENAL DE LA CIUDAD DE LA JUSTICIA DE LA CIUDAD DE VALENCIA.

MEDIADOR EN LA  CORTE DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE VALENCIA (CÁMARA DE COMERCIO VALENCIA).


MEDIADOR PERTENECIENTE AL CENTRO DE MEDIACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALENCIA (CMICAV).

JEFE DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN EN EL BUFETE DE ABOGADOS Y ASESORÍA TRIBUTARIA GA TOGAS& TRIBUTOS. 


PROFESORA DE POSTGRADO DEL ADEIT DE MEDIACIÓN PARA PSICÓLOGOS Y  PONENTE EN DISTINTOS FOROS DE MEDIACIÓN. 


Tan pronto como supe que Pilar Arago Hervás iba a acudir al I Congreso  Internacional de Mediación, Arbitraje, Compliance 2016 (CIMAC), contacté con ella y le solicité si podía hacer una breve reseña de su experiencia en el Mismo. 

Sin dudarlo aceptó y aquí está. Muchas GRACIAS por el esfuerzo de hacerlo en tiempo récord y por compartirlo con nosotros. Desde aquí un abrazo.
 
"Habitualmente voy a congresos o cursos que se hacen en mi zona, soy de Valencia. Me llamó la atención un congreso que se organizaba en Vigo ya que aunaba expertos en mediación, arbitraje y algo relativamente nuevo, el compliance. Y allí me fui con mucha curiosidad .
Una de las personas que estaba en la organización, Alicia Peralejo es psicóloga mediadora y me fue informando de los ponentes, comunicaciones y lo que el mediador Carlos Nuñez iba consiguiendo.

La presencia de mediadores de reconocido prestigio provinientes de Argentina como Alicia Millán, mediadora experta en organizaciones que nos explicó cómo realizar un diseño en las organizaciones tomándolas como sistema en movimiento con sus intereses  y filosofía. Mª. Fernanda Stratico, mediadora familiar que estuvo genial en la mesa de mediación familiar, escolar y comunitaria, mujer cercana como pocas. Gustavo Fariña que con su característica dulzura nos explicó que sus cuatro abuelos eran gallegos y lo bien que se sentía en el congreso y que la gravedad del conflicto va en función de cómo se administra, así como las causas de los conflictos comerciales en los que lo emocional sostiene estos conflictos económicos. Y Alberto Eliavetsky  que con su carisma nos abrió la mente a las ODR, mediación por internet .

Los mediadores españoles reflejaron en sus ponencias el amor por la mediación. Nos explicaron la realidad del mundo de trabajo en España de la mediación. Así por orden de ponencia escuchamos a Rocío Sempere Meneses procurador mediador que de una manera muy cercana nos fue explicando dicha realidad y cómo no cejar en el empeño de su implantación. Elba Trujillo que nos relató cómo se va implantando la mediación en las Islas Canarias dado su legislación administrativa diferente de la del resto de España. Y los mediadores de profesión Javier Wilhem y Gemma Pons que compartieron ponencia y nos aclararon de manera práctica y sencilla cómo trabaja el mediador con las empresas. ¡ Me encantaron !. Y  el mago de la mediación, Javier Alés,  que animó la sala como es habitual en él y que de manera muy amena explicó la ilusión del mediador y como el resto de ponentes, las posibilidades de la mediación como profesión.

Y cómo no escuchar a Pascual Ortuño, vicepresidente  europeo de Gemme, magistrado que ha impulsado la mediación desde hace muchísimos años, hombre sencillo y amable y gran orador que nos dio esperanzas señalando que con la mediación se da de nuevo la palabra a la ciudadanía y que tenemos que tener paciencia ya que el cambio de  mentalidad no se hace de hoy para mañana  y a Raquel Castillejo, catedrático de derecho procesal en la universidad de Santiago de Compostela, que profundizó en la importancia de la formación del mediador, explicando  que en el derecho comparado se exigen mas de 500 horas de mediación para que el mediador pueda actuar, sin tener conocimientos teóricos es imposible realizar una buena práctica ya que el mediador es algo diferente de ser un "hombre bueno", recaló la importancia de un código ético común a todos los mediadores.

María Soliño nos explicó la estrategia de la Responsabilidad social corporativa en las empresas y la cabida de la mediación y las formas alternativas de resolución de conflictos.

Para nada me olvido  de la Justicia restaurativa, del arbitraje y la compliance.  Un placer escuchar la comunicación de Javier Aragón, abogado, mediador, árbitro y profesor la  universidad Camilo José Cela que nos explicó de manera amena la mediación y el arbitraje en el ámbito de transporte internacional y marítimo. Al igual que Juan Ramón Conde cuya ponencia se basó en la complementariedad  entre la mediación y el arbitraje. Jesús Lorenzo nos contó, con apasionamiento, la justicia Restaurativa y su aplicación a la responsabilidad penal de las empresas.
Y como colofón los señores excelentísimos y lo señalo así ya que conseguir que estos todos ellos estén en un congreso de mediación es todo un éxito  (no incluyo en este apartado a Pascual Ortuño ya que aunque también lo es por cargo es de la familia de la mediación) Don José  Ramón  Navarro Miranda, Presidente de la Audiencia Nacional que realizó una exposición que me encantó sobre la responsabilidad penal de las empresas, de manera esquemática fue desgranado el articulado de nuestro código penal .Ya se que para los mediadores de otras profesiones de origen pudo ser un poco denso pero para mí como abogado y mediador penal fue un placer escucharlo y cómo abogaba por la justicia restaurativa y la mediación penal partiendo del Estatuto de la víctima todo un placer.  Don Ángel Juanes Peces, vicepresidente del Tribunal Supremo que con D. Francisco Camaño Domínguez, ex ministro de justicia y abogado en ejercicio moderados por Raquel Castillejo nos  hicieron disfrutar de la poco conocida figura de la Compliance y el officer complianer.

Tengo que destacar que paralelamente a las ponencias  se realizaban las mesas-coloquio en las que disfruté muchísimo por la calidad humana y teórica de los componentes de las mesas y la fluidez con la que íbamos resolviendo cuestiones prácticas de la mediación familiar con  Fernanda Stratico, Ángeles Ferreirós y  Maite Penas  Luna, mediación escolar con Javier García Barreiro y Marián Rego profesores de Institutos gallegos en los  que está  implantada la resolución de conflictos entre pares y mediación comunitaria vecinal con Óscar Negredo Carrillo. Y la mesa de mediación policial con el comisario jefe de las brigadas  especiales de la policía nacional, Ángel Carlos Dilla  y penal con Bernardino  Varela Gómez y Cristian Alonso, ambos profesores de la universidad de Santiago de Compostela. Esta idea me encantó aunque para estar en ellas tuviera que perderme alguna ponencia en el auditorio principal por lo que si me he olvidado de algún ponente ya saben dónde estaba y pido disculpas por ello aunque el don de la ubiquidad todavía no lo he alcanzado. Soy persona práctica por lo que las mesas me parecieron interesantes y todo un lujo.

Tengo que hacer mención  y dar las gracias a todos los colaboradores que estuvieron permanentemente pendientes de nosotros, presentando las ponencias y perdiéndose la escucha de las mismas. ¡Gracias por vuestra generosidad compañeros!.

Un congreso de este tipo debe ser muy complicado de realizar, las carencias fueron menores que las virtudes. Y me llevo conocimientos prácticos y personales muy valiosos.

Agradezco asimismo a Silvia Landa Ocón que me deje este espacio en su blog" .


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miércoles, 7 de septiembre de 2016

Mediación intergeneracional: gestionar pacíficamente el cuidado de nuestros mayores

Tras el período vacacional, toca la vuelta al despacho, donde van llegando nuevas consultas y procedimientos judiciales. Antes de ayer tuve una consulta en la que la clienta me planteó cuáles son los pasos a dar ante la situación médica de su progenitor (alzheimer, en fase dos), en la que ya no puede tomar decisión alguna sobre su persona ni su patrimonio.

La respuesta no es otra que el procedimiento de incapacitación judicial, con el nombramiento de un tutor. Procedimiento que pretende garantizar la protección de la persona que no puede gobernarse a si mismo ni tampoco gestionar su patrimonio. A continuación le expliqué la necesidad de designar un tutor y de las obligaciones del mismo. La tutela aparece establecida en los arts. 259 y siguientes del Código Civil.

Informada del mismo, me planteó una cuestión que le preocupa mucho, al ser varios los hijos y tener un compromiso desigual respecto a los cuidados de su progenitor. Me explicó que mientras unos acuden a visitarlo de forma casi diaria, otros apenas lo hacen. Igualmente, hay quien apuesta por ingresarlo en un centro geriátrico y quien, por el contrario, entiende mejor que su padre permanezca en su domicilio, y que sea una persona interna quien se ocupe de él. 

Obviamente no existe una solución legal sobre cuál es la decisión a adoptar en este punto, y mucho menos sin haberse dictado una sentencia de incapacitación y nombramiento de tutor. Nótese que para el internamiento en un centro de salud mental se exige que el tutor solicite autorización judicial para ello (art. 271.1º del Código Civil).

Tras esta exposición de la situación, me preguntó ¿cuáles son las obligaciones de los hijos respecto a los padres?. Las obligaciones son tres: el deber de alimentarlos (si hubiera necesidad de ellos), el deber de respeto y la obligación de contribuir a las cargas familiares.

La obligación de dar alimentos está regulada en los arts. 142 y siguientes del Código Civil, donde se fija qué se entiende por alimentos, quiénes son los obligados, qué orden existe y su reparto en el supuesto de que la obligación corresponda a varias personas. Obligación que puede cubrirse mediante el pago de los mismos, pero también "recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos", a elección del alimentante, con las excepciones previstas en el art. 149 del Código Civil".

El deber de respeto: establecido en el art. 155.1º del Código Civil, donde se expone: "obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles siempre".

El deber de contribuir al levantamiento de las cargas de la familia, expuesto en el art. 155.2º del Código Civil, "mientras convivan con ella". Pensemos en los hijos solteros que continúan residiendo en el domicilio de los padres. Contribución que puede ser mediante pago, cuidados, etc,...

Ante las distintas posturas y el inicio de los primeros roces, le informé de la opción de acudir a una mediación para tratar de buscar entre todos los hermanos la mejor solución para su padre y también para ellos.

No había oído del mediador profesional, sino que pensó que le hablaba de algún familiar o amigo de la familia, que pudiera ayudar. Tuve que explicarle qué es la mediación, qué hace el mediador (profesional), cómo se trabaja, qué ventajas ofrece, etc...

No se si finalmente mi clienta apostará por proponer a sus hermanos acudir a un proceso de mediación, en el que obviamente yo no podré actuar como mediadora, al haberle asesorado jurídicamente al respecto, pero a buen seguro que podría ser una buena vía para dar una salida a un conflicto que puede generar o degenerar en unas malas o nulas relaciones entre hermanos. 

Nota: os recomiendo la película "El hijo de la novia"  que trata el tema del alzheimer. 

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miércoles, 10 de agosto de 2016

I Congreso Internacional de Mediación, Arbitraje y Compliance 2016

Los días 8, 9 y 10 de septiembre tendrá lugar, en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), el I Congreso Internacional de Mediación, Arbitraje y Compliance “Alternativas de solución de conflictos en el Siglo XXI”.

La Asociación Gallega de Mediación y Arbitraje y el  Ateneo Gallego de Mediación, Arbitraje y Compliance, son las organizadoras de C.I.M.A.C.2016. 

En el mismo, se abordarán los métodos alternativos de solución de conflictos como la Mediación y el Arbitraje y se expondrá el Compliance Penal, relativo a la implantación de programas de cumplimiento y responsabilidad penal en las empresas, con el objetivo de dar a conocer sus beneficios y profundizar en el conocimiento de los mismos.

PROGRAMA

Jueves 08/09/16

SESION-DE-TARDE

15:00 a 16:00 horas - Recepción y acreditaciones.

16:00 horas - Inauguración del Foro.

· Preside el acto la Excma. Sra. D.ª Victoria Ortega Benito, Presidenta del Consejo General de la Abogacía Española

· Presidenta del Comité de Organización del C.I.M.A.C.

· Director General del Patrocinador

· Excmo. Sr. Alcalde de Vilagarcía de Arousa

· Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación Provincial

· Excmo. Sr. Vicepresidente da Xunta de Galicia e Conselleiro de Presidencia, A.P. e Xustiza

17:00 horas: Métodos alternativos de resolución de conflictos. ¿Una alternativa real?

Ilma. Sra. D.ª Rocío Sampere Meneses

Abogada, Procuradora de los Tribunales y Vicedecana del Iltre. Colegio de Procuradores de Madrid. Mediadora y profesora de Mediación en la Universidad Internacional de la Rioja.

18:00 horas: La PNL Canaria y la nueva experiencia de los Consejos de Mediación.

Doña Elba Trujillo Mesa

Abogada, Mediadora y Presidenta de la Asociación Canaria de Mediación. Fundadora del Observatorio Canario de Mediación.

19:00 a 19:30 Descanso

19:30 horas: La detección de la mentira en la Mediación.

Don José Luis Martín Ovejero

Abogado en ejercicio, Máster y Experto en Lenguaje no Verbal, Experto en Retórica y Argumentación Jurídica. Profesor en las Universidades Camilo José Cela y Rey Don Juan Carlos. Profesor de la Sociedad de Estudios Internacionales. Colaborador en múltiples medios de comunicación. Medalla de Oro al Prestigio Profesional 2016 concedida por el Foro Europa 2001.

20:30 horas: ¿Podemos y debemos denominar “Mediadores” a todas las personas que facilitan la resolución de conflictos?

Doña Clara M.ª Aldámiz-Echevarría Inoriza

Psicóloga, Trabajadora Social, Valoradora Dependencia, Máster en Gerencia de Servicios Sociales por la Universidad Complutense de Madrid. Grupo de expertos de la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales. Directora de Bienestar Social del Ayuntamiento de Fuenlabrada y Presidenta de la Asociación Estatal “Mediación y Cambio”.

Viernes 09/09/16

SESION-DE-MAÑANA

09:00 horas: El arte de mediar como vehículo de inclusión.

Doña Alicia Millán

Profesora de la Universidad de Buenos Aires, Economista, Mediadora y Formadora en Mediación. Experta en Negociación por la Universidad de Harvard.

10:00 horas: Efectos beneficiosos de la Mediación organizacional para personas físicas y jurídicas.

Doña M.ª Begoña Martín Pradera

Abogada, Doctorada en Derecho Procesal, Experta en Mediación civil y mercantil. Su tesis “Mediación y proceso” fue dirigida por la Excma. Presidenta del Consejo General de la Abogacía Española doña Victoria Ortega de Benito.

11:00 a 11:30 Descanso

11:30 horas: Mediación: Cómo formarnos para el desarrollo de la profesión.

Doña Raquel Castillejo Manzanares

Catedrática de Derecho en la Universidad de Santiago de Compostela, Mediadora y Directora del Máster de Mediación. Presidenta de CIARCUS (Centro Integral de Análisis y Resolución de Conflictos de la USC).

12:30 horas: El poder transformador de la Mediación y la Conciliación desarrollada por operadores estatales y Magistrados.

Don Gustavo Fariña

Profesor de La Universidad de Buenos Aires, Abogado, Consultor y Mediador. Colaborador del Profesor Joseph Folger (Universidad de Temple) en Latinoamérica.

13:30 a 15:30 Comida

SESION-DE-TARDE

15:30 horas: Cómo ser mediador y no morir en el intento.

Don Javier Alés Sioli

Profesor de Derecho y Director del Máster de Mediación en la Universidad Loyola (Andalucía). Presidente de la Asociación Sevillana de Mediación y Presidente del Foro Internacional de Mediadores Profesionales (FIMEP).

16:30 horas: La Mediación como herramienta en la estrategia de la RSC.

Doña María Soliño Barcia

Trabajadora Social, Perito Social y Mediadora. Posgrado en Responsabilidad Social Corporativa por la Cátedra Inditex-UDC en Responsabilidad e Innovación Social. Presidenta del Comité de Organización del C.I.M.A.C. 2016.

17:30 a 18:00 Descanso

18:00 horas: Innovación y nuevas tecnologías aplicadas a la resolución de conflictos.

Don Alberto Elisavetsky

Director del Observatorio del Conflicto Social de la Universidad Nacional de Tres de Febrero de Argentina. Creador y Presidente de ODR Latinoamérica.

19:00 horas: Work Place Mediation. Una oportunidad para gestionar conflictos intraorganizacionales.

Don Javier Wilhelm

Licenciado en Psicología por la Universidad de Buenos Aires, Máster en Mediación, Experto en creación de centros de Mediación, formado en The Superior Court of California. Director del Máster Profesional de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

20:00 horas: Mediación organizacional.

Doña Gemma Pons García

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia, Máster en Gestión y Resolución de Conflictos. Posgrado de “Protocolo en la empresa” por la Universidad Pompeu Fabra y Directora General de Gestión Inteligente de Conflictos.

21:00 h a 21:30 h: Comunicaciones.

Sábado 10/09/16

SESION-DE-MAÑANA

09:00 horas: Mediación y Arbitraje: Necesarias y complementarias.

Don Juan Ramón Conde Bueso

Abogado, Mediador y Árbitro. Jefe del Servicio Jurídico del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Madrid y Secretario de la Corte de Arbitraje del mismo Colegio. Formador de Arbitraje en ASEMED.

09:45 horas: La Justicia Restaurativa y su aplicación a la Responsabilidad Penal de las empresas.

Don Jesús Lorenzo Aguilar

Abogado, Mediador y Experto en formación en Mediación civil, mercantil, penal, penitenciaria y organizacional. Director General de ASEMED y organizador de varios congresos de Mediación y Arbitraje.

10:30 horas: La Responsabilidad Penal de los representantes legales de las personas jurídicas.

Excmo. Sr. Don José Ramón Navarro Miranda

Magistrado, Profesor de Derecho en la Universidad de La Laguna y en la UNED. Actual Presidente de la Audiencia Nacional.

11:30 a 12:00 Descanso

12:00 horas: Doña Raquel Castillejo modera:

Exposición sobre COMPLIANCE

A cargo de:

Excmo. Sr. Don Francisco Caamaño Domínguez

Abogado, Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia y socio de CCS Abogados. Exministro de Justicia del Gobierno de España.

Excmo. Sr. Don Ángel Juanes Peces

Magistrado, expresidente de la Audiencia Nacional. Actual Vicepresidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.

13:30 horas: Mecanismos cerebrales de Mediación y conflicto.

Dr. Don Ramón Cacabelos

Licenciado en Medicina y Cirugía, Doctor en Psiquiatría, profesor e instructor científico de posgrado en la Universidad de Osaka. Profesor en la Universidad de Navarra, Complutense de Madrid, New York Medical Center, etc. Catedrático de Medicina Genómica y Presidente de la Asociación Mundial de Medicina Genómica.

14:30 horas: Entrega de Diplomas a los asistentes

14:45 horas: Comida en Pazo El Rial

17:00 horas: Mesa Redonda y Networking


18:30 horas: Clausura del I C.I.M.A.C.

Toda la información se encuentra en https://cimac2016.wordpress.com/programa-cimac/

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