Recientemente el Consejo General de la Abogacía Española ha realizado una Propuesta de Pacto de Estado por el Futuro de la Justicia, donde se incluyen 34 puntos.De todos ellos, me centraré en uno, en concreto en el número 19, que dice así:
"Es indispensable un impulso decidido y eficaz de mecanismos alternativos de solución de conflictos (mediación intrajudicial, conformidades, arbitraje) fomentando la cultura del acuerdo".
Aplaudo la mención expresa a que se ha de fomentar la cultura del acuerdo, en una sociedad donde se tiende a la contienda y a la confrontación.
Sin embargo, quiero resaltar en concreto la mención que se hace a la mediación, a la que se añade "intrajudicial".
Entiendo que se trata de un error por parte del Consejo General de la Abogacía Española, toda vez que la apuesta o la opción de la mediación no ha de estar supeditada o ceñida únicamente a que se esté tramitando un procedimiento judicial.
Es más lo que debiera tratar de incentivarse de "forma decidida y eficaz" es la mediación "extrajudicial", es decir, aquella que se lleva a cabo cuando no existe ninguna contienda judicial.
Resultará, por otro lado, mucho más fácil alcanzar un acuerdo de mediación si el conflicto no se encuentra judicializado, ya que tras los escritos de demanda y contestación, las posiciones de las partes estarán mucho más enconadas que si no se hubiera iniciado la vía judicial, siendo por tanto el nivel de posibles acuerdos muy superior en el primer caso.
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